Multirut, caso real de Abogado Jara

Caso Real: Multirut, Levantamiento del Velo y Nulidad del Despido tras Menos de Cuatro Meses de Trabajo

Este caso real muestra cómo se enfrentó un esquema multirut; un grupo de sociedades con los mismos socios que, una tras otra, acumulaban condenas laborales sin pagarlas, y cómo un trabajador que llevaba menos de cuatro meses en la empresa terminó con un crédito que hoy supera los $100 millones.

Resumen del Caso

  • Materia: Multirut, unidad económica, levantamiento del velo societario y nulidad del despido
  • Lugar y año: Puerto Varas, 2024 a 2025
  • Sector: Servicios a la acuicultura
  • Resultado: Sentencia favorable en 2025, firme; deuda acumulada superior a $100 millones

El Punto de Partida

Un profesional fue contratado el 1 de agosto de 2023 como jefe de planificación de producción en un taller de redes de Puerto Varas, con una remuneración cercana a los $2,9 millones mensuales. El contrato fue inicialmente a plazo fijo hasta fines de octubre; el 1 de noviembre se firmó un anexo que lo transformó en indefinido.

Los Hechos

Tres semanas después de ese anexo, el 23 de noviembre de 2023, la empresa le comunicó por carta el término del contrato a contar del día siguiente, por “mutuo acuerdo de las partes”. El trabajador nunca había acordado nada, y desde luego nunca firmó ese supuesto acuerdo ante un ministro de fe. Además, durante los casi cuatro meses de la relación laboral, la empresa no había pagado íntegramente sus cotizaciones de salud, previsión y seguro de cesantía.

Al investigar al empleador apareció el verdadero problema. La sociedad que figuraba en el contrato era una más dentro de un grupo de empresas dedicadas a la fabricación y reparación de redes para la acuicultura, con operaciones en Puerto Montt y Puerto Varas. En todas ellas aparecían los mismos tres socios. Varias ya habían sido declaradas como un solo empleador en juicios anteriores.

Ninguna era solvente; no tenían bienes raíces vigentes a su nombre, acumulaban demandas de cobranza laboral sin pagar y, en algunos casos, órdenes de arresto vigentes contra sus representantes. Es la lógica del multirut; cuando una sociedad acumula deudas, la actividad continúa a través de otra, con los mismos dueños, los mismos talleres y los mismos clientes.

Lo que Planteamos

Para desarmar el multirut, demandamos por despido carente de causa legal y nulidad del despido, no solo contra la sociedad que figuraba en el contrato, sino contra las cinco sociedades del grupo y contra sus tres socios como personas naturales.

Pedimos dos declaraciones. La primera, la unidad económica del artículo 3 del Código del Trabajo, para que todas las sociedades respondieran solidariamente. La segunda, más exigente, el levantamiento del velo societario conforme al artículo 507, que sanciona a quienes utilizan cualquier subterfugio, ocultando, disfrazando o alterando su individualización o patrimonio, para eludir el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. El argumento era directo; si las sociedades servían para que las deudas laborales nunca se pagaran, las personas que estaban detrás debían responder con su propio patrimonio.

El Juicio

La tramitación fue larga. La audiencia preparatoria se realizó en 2024 y la defensa recurrió de reposición y apelación contra las resoluciones que fijaron el objeto del juicio. La prueba del multirut exigió reunir antecedentes societarios de cada empresa, las sentencias anteriores que ya habían declarado la unidad económica de algunas de ellas, y los antecedentes de las cobranzas laborales pendientes. Sobre el despido, bastaba con la carta y con la ausencia de cualquier ratificación ante ministro de fe.

El Resultado

El 21 de agosto de 2025 el Primer Juzgado de Letras de Puerto Varas acogió la demanda en todas sus partes. Declaró que el término por mutuo acuerdo carecía de validez por falta de ratificación ante ministro de fe, de modo que se trató de un despido sin causa legal, y que las cotizaciones estaban impagas al momento del despido. En consecuencia, declaró la nulidad del despido y condenó a pagar las remuneraciones desde el 24 de noviembre de 2023 hasta la convalidación, a razón de cerca de $2,9 millones mensuales, junto con todas las cotizaciones adeudadas.

La sentencia declaró además que las cinco sociedades demandadas constituyen una unidad económica, con lo que reconoció el multirut como un solo empleador, levantó el velo societario respecto de los tres socios, a quienes hizo responsables solidarios, y condenó a todos al pago de una multa de 100 UTM a beneficio fiscal, con costas. La sentencia quedó firme en septiembre de 2025.

Como las cotizaciones siguen impagas, la sanción continúa devengándose mes a mes. Hoy la deuda acumulada a favor del trabajador supera los $100 millones, y su cobro se sigue en la etapa de cumplimiento contra las sociedades y contra los socios personalmente.

Lo que Enseña Este Caso

Un trabajo de pocos meses puede terminar en un crédito muy relevante cuando el empleador despide con cotizaciones impagas y no las regulariza. La nulidad del despido no distingue por antigüedad; distingue por deuda previsional.

Y cuando un grupo empresarial recurre al multirut para no pagar, la ley permite mirar detrás de las sociedades. Demandar solo a la empresa del contrato, en estos casos, es demandar a una cáscara vacía; la clave está en identificar a todo el grupo y a las personas que lo controlan.

Preguntas Frecuentes sobre Multirut

¿Qué es el multirut?

Es el nombre con que se conoce la práctica de dividir artificialmente una empresa en varias sociedades, o traspasar la actividad de una a otra, para disminuir o eludir obligaciones laborales. Para enfrentarlo, la Ley 20.760 modificó el artículo 3 del Código del Trabajo y permitió declarar a varias empresas como un solo empleador cuando tienen una dirección laboral común.

¿Qué es el levantamiento del velo societario en materia laboral?

El artículo 507 sanciona a quienes utilizan cualquier subterfugio, ocultando, disfrazando o alterando su individualización o patrimonio, para eludir el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. En esos casos el tribunal puede aplicar una multa de 20 a 300 UTM y extender la responsabilidad solidaria a quienes participaron en el subterfugio, incluidas las personas naturales detrás de las sociedades.

¿Es válido un término de contrato por mutuo acuerdo sin ministro de fe?

Para que el empleador pueda invocar el mutuo acuerdo o la renuncia, el artículo 177 exige que el documento sea firmado por el trabajador ante un ministro de fe, como un inspector del trabajo o un notario, o a través del sistema electrónico de la Dirección del Trabajo. Sin esa formalidad, el término puede ser declarado un despido carente de causa legal.

Si sospechas que tu empleador usa el multirut para eludir sus obligaciones, puedes revisar mi página de abogado especialista en despidos en Puerto Varas, o escribirme para evaluar tu caso de forma confidencial.

Los nombres de las partes y los datos que permitirían identificarlas se omiten por confidencialidad. Cada caso depende de sus hechos y de su prueba, y los resultados obtenidos en causas anteriores no garantizan un resultado similar en otras.